Condiciones del voluntariado:
Los voluntarios sociales son personas físicas que desarrollan, por su libre determinación, de un
modo gratuito, altruista y solidario, tareas de interés general en forma organizada en
instituciones civiles de bien común y de interés general, sin recibir por ello remuneración ni
contraprestación económica alguna.
Los voluntarios sociales cumplen funciones en la sociedad, mediante la inclusión en aquellas
actividades de carácter social, civil o cultural que lleven adelante las instituciones sociales (Con
exclusión de las personas jurídicas de carácter público); como ser, y sin limitarse a ello:
actividades asistenciales de servicios sociales, cívicas, educativas, culturales, científicas,
deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de defensa del medio ambiente o cualquier
otra de naturaleza semejante.
La implementación y control de la participación del voluntariado social estará a cargo de las
instituciones civiles de carácter privado en las cuales participe el voluntariado. Ello, de manera
exclusiva y excluyente de cualquier otra entidad y/o autoridad pública.
Las organizaciones en las que se ejerza el voluntariado social, establecerán las condiciones
particulares en que se relacionarán con los participantes, como ser: las actividades a realizar,
los derechos y deberes de las partes, el tiempo dedicado, los motivos y formas de cesación,
entre otros.
La prestación del servicio por parte del voluntario no podrá reemplazar el trabajo remunerado y
se presume ajeno al ámbito de la relación laboral y de la previsión social; teniendo carácter
gratuito.